Red Chuquisaqueña

Señal que nos une

Lara advierte desde el exterior que la Asamblea no puede destituir ni designar al Fiscal General al margen de la ley

El vicepresidente Edmand Lara se pronunció sobre el adelantamiento de la sesión legislativa en su ausencia, defendiendo la sucesión constitucional pero advirtiendo que no se permitirá vulnerar los procedimientos para remover o elegir al Fiscal General.
WhatsApp
Únete a nuestro grupo de WhatsApp
Recibe noticias, actualizaciones y alertas directamente en tu celular.
Unirme ahora

El vicepresidente Edmand Lara se pronunció sobre el adelantamiento de la sesión legislativa en su ausencia, defendiendo la sucesión constitucional pero advirtiendo que no se permitirá vulnerar los procedimientos para remover o elegir al Fiscal General.

Ante el adelantamiento de la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional convocada por el presidente en ejercicio del Senado, senador Ávila —quien asumió el mando temporal ante la ausencia del país del vicepresidente Edmand Lara—, el segundo mandatario emitió un contundente comunicado en el que remarca la vigencia y estricto cumplimiento de la normativa constitucional.

Lara señaló que si bien corresponde aplicar los mecanismos de suplencia cuando las autoridades nacionales salen del territorio nacional, esto no faculta a la Asamblea a incurrir en actos al margen de la ley. En esa línea, cuestionó la intención de tratar la destitución del actual Fiscal General o la designación de su reemplazo en la sesión prevista.

El Vicepresidente recordó que la Ley 260 establece claramente las causales y procedimientos de cesación, subrayando que una destitución no puede resolverse simplemente mediante una votación política o una «mayoría circunstancial», sino que debe derivar de procesos formales y resoluciones definitivas dentro de un procedimiento disciplinario, o bien seguir el régimen de suplencia a través de la Comisión Mixta.

Asimismo, respecto a la posible designación de una nueva autoridad para el Ministerio Público, Lara enfatizó que el artículo 227 de la Constitución Política del Estado y la Ley 1579 exigen una convocatoria pública previa, evaluación de méritos mediante concurso público y la votación de dos tercios de los miembros presentes en el pleno de la Asamblea.

«La democracia no consiste solamente en votar; consiste en votar y actuar dentro de la Constitución y la ley», enfatizó Lara, advirtiendo que vulnerar los procedimientos actuales sentaría un peligroso precedente donde cualquier autoridad podría ser removida por conveniencia política coyuntural.

WhatsApp
Únete a nuestro grupo de WhatsApp
Recibe noticias, actualizaciones y alertas directamente en tu celular.
Unirme ahora

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *